Proceso eleccionario directorio Colkine 2023-2025

Proceso eleccionario directorio Colkine 2023-2025

Requisitos de postulación

Artículo décimo Noveno:

El Colegio de Kinesiólogos de Chile A.G. será administrado por un Directorio Nacional residente en la Región Metropolitana.- Se compondrá de nueve miembros, elegidos por los electores a nivel nacional.- Los Directores Nacionales durarán dos años en sus funciones y el Directorio se renovará en su totalidad cada dos años.- Los Directores Nacionales podrán ser reelegidos sólo por un período más, debiendo mediar un período completo para volver a postular.

 

Artículo vigésimo quinto:

Para ser miembro del Directorio Nacional se requiere: a) Ser chileno, mayor de veintiún años de edad; b) Ser colegiado durante tres años consecutivos, a lo menos; c) No haber sido objeto de la aplicación de medidas disciplinarias.- d) No haber sido condenado ni hallarse actualmente procesado por crimen o simple delito; e) Encontrarse al día en el pago de sus cuotas sociales; f) No estar afecto a las inhabilidades o incompatibilidades que establezcan la Constitución Política y las leyes; g) Las demás obligaciones prescritas por el Decreto Ley número dos mil setecientos cincuenta y siete del año mil novecientos setenta y nueve en su Artículo Décimo.-

 

Artículo cuadragésimo cuarto:

El Directorio Regional estará compuesto de cinco miembros: Presidente, Vicepresidente, Secretario General, Tesorero y un Director Gremial.- Cada dos años y entre los meses de Julio y Agosto en cada Directorio Regional (4), al igual que a nivel nacional, se procederá a efectuar elecciones para elegir en forma directa y secreta cinco Directores Regionales.- El elector no podrá acumular preferencias en un mismo candidato.- No se permitirá el voto por lista.-

Artículo cuadragésimo sexto:

Para ser miembro del Directorio Regional se requiere a) Ser colegiado activo durante a lo menos un año.- b) Tener domicilio en la Región respectiva.- c) Estar al día en el pago de sus cuotas sociales.- d) No haber sido objeto de medida disciplinaria ejecutoriada, dentro de los tres años anteriores a la elección.- e) No haber sido condenado ni hallarse procesado por crimen o simple delito.-

 

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