El Colegio de Kinesiólogos de Chile ante la consulta pública sobre la modificación del Decreto 1082 que regula la profesión emite el siguiente comunicado público
El Colegio de Kinesiólogos de Chile, se declara en estado de alerta ante el proceso de Consulta Pública para la modificación del Reglamento sobre el Ejercicio de la profesión de Kinesiólogo (Decreto 1082), por lo que declaramos que la propuesta emanada desde el Ministerio de Salud conlleva un detrimento en el ámbito del desarrollo profesional de toda la comunidad kinesiológica. Los artículos 2 y 3 de la propuesta del MINSAL no reflejan el quehacer actual del Kinesiólogo, es más, es regresivo respecto al decreto actualmente vigente, que tiene más de 60 años sin modificarse.
El artículo 3 de la propuesta original de la Comisión de expertos que fue presentada por el Colegio de Kinesiólogos de Chile, reconoce que:
ARTÍCULO 3°.- Corresponde al profesional Kinesiólogo la gestión del movimiento y la función de las personas y la comunidad a través de intervenciones autónomas relativas a la promoción, prevención, mantención, mejora, desarrollo, recuperación, valoración funcional (manual o instrumental), generación del diagnóstico Kinesiológico y la atención directa, derivada o de complemento a un tratamiento de salud, planificación de la intervención kinesiológica y el adecuado uso de los recursos dispuestos para ello en ambientes sanitarios de diferentes niveles de complejidad y otros donde sus servicios sean requeridos, pudiendo actuar como reanimador y regulador de sistemas de emergencias de acuerdo a sus competencias y capacitación.
Los Kinesiólogos podrán realizar de forma autónoma evaluaciones e intervenciones
correspondientes a su desempeño profesional cuando éstos estén orientados a la promoción de estilos de vida saludable, prevención de enfermedades y sus descompensaciones, alteraciones del movimiento y de la función de las personas.
La propuesta del Ministerio de Salud, TERGIVERSA la propuesta del Colegio, presenta una evidente falta de rigor y limitaciones en su redacción:
ARTÍCULO 3°.- Corresponde al Kinesiólogo comprende la colaboración medica en evaluaciones y aplicación de métodos propios que se establecen en el presente reglamento, orientadas a la promoción de estilos de vida saludables , prevención de enfermedades y sus descompensaciones, recuperación rehabilitación de alteraciones del movimiento y la funcionalidad de las personas.
ARTÍCULO 4°.- En este contexto, corresponderá al kinesiólogo la planificación de la intervención derivada de una prescripción médica y el adecuado uso de los recursos dispuestos para ello, en ambientes sanitarios de diferentes niveles de complejidad.
La historia nos avala, hemos sido actores preponderantes en grandes cambios en nuestra salud pública y queremos seguir avanzando y aportando a la salud de la población.
Somos agentes de cambio, indispensables para mejorar la calidad de vida de las personas en cualquier condición de salud a través de todo el ciclo vital, pero nuestras capacidades y competencias van mucho más allá de las que le atañen a esta propuesta.
Este Directorio junto a la Comisión de expertos trabajará de manera permanente y en conjunto con la autoridad ministerial para obtener la modificación del Decreto N° 1082, que regula el ejercicio de la profesión del kinesiólogo. Justificará ante las autoridades parlamentarias, la pertinencia de la Kinesiología en el Código Sanitario y trabajará por la inclusión de nuestra carrera dentro de la Ley de Exclusividad Universitaria, como se ha realizado siempre por parte de nuestro gremio.
Por último, declaramos que jamás apoyaremos cambios que vayan en otro sentido que lo señalado precedentemente y que defenderemos estos principios ante cualquier acción que vaya en contra de ellos.
De mantenerse y aprobarse las modificaciones propuestas en este nuevo reglamento nos preocupa de sobremanera el impacto negativo que tendrá en la salud de las personas, razón final de nuestro quehacer profesional.
Debemos estar unidos como gremio, ser un colegio fuerte y cohesionado, los invitamos a todos a sumarse activamente analizando y participando de este proceso histórico para nuestra profesión.
DIRECTORIO NACIONAL COMISIÓN DE EXPERTOS COLEGIO DE KINESIÓLOGOS DE CHILE MODIFICACIÓN DECRETO 1082